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Justicia y Bienestar Social concede las ayudas a proyectos dirigidos a la integración social de inmigrantes

  • La cuantía total de esta línea de ayudas para el ejercicio 2012 es de 1.040.435,96 euros

  • La directora general de Integración y Cooperación recuerda que la plena incorporación de los inmigrantes al desarrollo cultural, laboral y político de la sociedad civil contribuye a erradicar toda clase de racismo o xenofobia

El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana publica hoy una resolución del conseller de Justicia y Bienestar Social por la que se conceden y se da publicidad a las ayudas destinadas a la realización de proyectos dirigidos a la integración social de personas inmigrantes para el ejercicio 2012, en virtud de la Orden 19/2011, de 28 de diciembre que regula dichas ayudas.

Las ayudas, concedidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, se enmarcan en alguno de los siguientes programas: Acogida integral (incluyendo alojamiento y manutención), Primera acogida y acompañamiento, inserción sociolaboral y mediación intercultural, o Intervención social con población inmigrante a través de un sistema de trabajo en red. La cuantía total de las subvenciones es de 1.040.435,96 euros.

La directora general de Integración y Cooperación, Herminia Palomar, ha resaltado hoy que “uno de los fines de la integración es la consecución de la plena incorporación de las personas inmigrantes al desarrollo cultural, laboral, institucional y político de la sociedad civil, contribuyendo así a la erradicación de toda clase de racismo o xenofobia”.

Esta aportación financiera da soporte a las actuaciones que la sociedad civil efectúa a favor de la integración social de las personas inmigrantes.

Palomar ha recordado el Plan director de Inmigración y Convivencia 2008-2011, que constituye el principal instrumento de planificación del Consell para el desarrollo e implementación de las políticas de integración social de la población inmigrante que pretende llevar a cabo en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

La resolución especifica que “podrá librarse de forma anticipada, una vez concedidas las ayudas, hasta el 60% de su importe. El 40% restante se librará tras la aportación y comprobación de la documentación justificativa de la efectiva y correcta aplicación del importe inicialmente anticipado”.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa del libramiento del 60% del importe de la subvención concedida finalizará el 31 de octubre y el del 40% restante, el 4 de enero de 2013.

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