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Educación potenciará los idiomas y las TIC para el reconocimiento de sexenios de formación del profesorado

    La Conselleria de Educación potenciará las actividades formativas sobre lenguas extranjeras y tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para el reconocimiento de los sexenios de formación del profesorado.

    Así figura en la nueva orden que regula las modalidades, la convocatoria, el reconocimiento, la certificación, el registro y la valoración de las actividades de formación permanente del profesorado. Esta orden sustituye y actualiza la anterior normativa, que databa de 1994.

    La nueva regulación sitúa el foco en las necesidades del alumnado y persigue una formación integral del profesorado acorde con las exigencias sociales, tecnológicas, científicas, pedagógicas, profesionales y culturales.

    A través de ella, se reconocen las labores de tutoría del profesorado hacia los estudiantes de Máster de Secundaria y hacia los funcionarios en prácticas y también se específican con más detalle las diferentes modalidades de formación y de participación, entre las que destaca la formación a distancia del profesorado, que es una de las líneas prioritarias de la Conselleria.

    También se incluyen las estancias formativas del profesorado en empresas con la finalidad de aumentar la conexión entre la Formación Profesional y el sistema productivo. Asimismo, se aumenta el grado de exigencia de la formación, ya que se evalúa al participante y la propia actividad formativa.

    Se valora de forma específica el aprendizaje de idiomas extranjeros y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.

    Sexenios de formación
    Respecto al componente retributivo relacionado con la formación permanente del profesorado, se establecen también mecanismos para la gestión eficaz de la valoración de las actividades de formación permanente en las convocatorias, concursos o actos administrativos en los que se consideren como requisito o mérito en sus bases.

    La orden establece que los 100 créditos en actividades exigidos por cada periodo de seis años para el reconocimiento del derecho al complemento retributivo de formación permanente deben cumplir unos determinados requisitos.

    Se pide en este sentido un mínimo de 70 créditos en actividades que desarrollen las competencias científicas, didácticas (metodología, tutoría, gestión de aula, convivencia, resolución de conflictos y habilidades comunicativas y sociales), atención a la diversidad y específicas del puesto que se desempeña.

    También se solicita un mínimo de 20 créditos en actividades que desarrollen competencias técnicas relacionadas con dos bloques: tecnologías de la información y la comunicación y lenguas extranjeras. Cuando las competencias específicas del puesto que se desempeña tengan relación con alguno de estos dos bloques, los créditos deberán obtenerse del otro bloque.

    Finalmente, un mínimo de 10 créditos deberá estar relacionado con actividades que desarrollen las competencias de desarrollo personal y del centro (prevención de riesgos laborales, programas institucionales e institucionalizados).

    Adaptación a los Grados de Bolonia
    La adaptación a los nuevos títulos universitarios de Grado surgidos del Plan Bolonia y a las enseñanzas de idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas también esta presente en la nueva normativa.

    Por otro lado, se determina que la formación realizada por las entidades colaboradoras será complementaria e incidirá en las competencias profesionales de la misma forma que las convocadas por la propia Conselleria de Educación. Asimismo, la planificación de la formación del profesorado se adaptará al curso escolar.

     

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