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Gobernación tramita 964 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat durante 2010

  • 247 establecimientos fueron sancionados por no contar con la correspondiente licencia o autorización

La conselleria de Gobernación ha abierto 964 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, tal y como ha afirmado la directora general de seguridad y protección ciudadana, Sonia Vega.

Vega ha especificado que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Generalitat, del total de sanciones registradas el año pasado en las tres provincias de la Comunitat, 71 son muy graves y 893 han sido catalogadas como graves.

La directora general ha destacado que para la Generalitat “es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta ley lo que se persigue es que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso”.

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves, en concreto, la infracción más numerosa ha sido la de celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización, con 247 sanciones; 217 por incumplir el horario de apertura y cierre; 187 por carecer de seguro; seguida por el incumplimiento de las condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley, un caso que se repite en 103 ocasiones.

La utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización ha sido la causa de la sanción en 58 ocasiones y un total de 15 locales han sido sancionados por la venta o suministro de bebidas alcohólicas o actividades recreativas sin la correspondiente autorización, mientras que en 14 ocasiones se ha expedido sanciones por la admisión o participación de menores en establecimientos donde tengan prohibida su entrada,

Además, 13 locales han cometido infracciones por el exceso de aforo permitido, cuando no suponga un grave riesgo para la seguridad de las personas y bienes; 12 por realizar, sin autorización modificaciones en sus establecimientos que supongan una alteración de las condiciones de concesión de la licencia y 10 por la dedicación de los establecimientos a actividades distintas de aquellas para las que estuviesen autorizadas, ha apuntado Vega.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, Vega ha concretado que en su mayoría “se deben al incumplimiento tanto de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas como de las medidas de evacuación de las personas que disminuyan gravemente el grado de seguridad exigible para las personas y bienes así como el incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la normativa cuando ello suponga un grave riesgo para las personas o bienes.

Sanciones por provincias
Por provincias, en la de Valencia se han cometido hasta 477 infracciones durante todo este año. En este caso, 47 fueron muy graves y 430 graves. Entre las graves, un total de 115 se originaron por carecer de seguro, 114 por carecer de la licencia correspondiente, otras 74 por el incumplimiento de no ceñirse al horario de apertura y cierre, 52 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad y 43 por la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización.

En el caso de la provincia de Alicante corresponden 266 sanciones, de las que 256 son graves y 10 muy graves. En esta provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 111 infracciones, así como el carecer de la licencia correspondiente con 43 casos, incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -35 sanciones-, y carecer de seguro -28 locales sancionados por este motivo- son las causas más tramitadas

En cuanto a la provincia de Castellón, la conselleria de Gobernación ha sancionado en 221 ocasiones; 14 muy graves y 207 tipificadas como graves. En el caso de los establecimientos públicos de la provincia castellonense, la infracción más repetida es la de la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas, sin la correspondiente licencia o autorización -90 establecimientos-, seguida por carecer de seguros exigidos por la ley -44-, por incumplimiento del horario de apertura y cierre -32- y por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -16 sanciones-.

Cuantía de las sanciones
La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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