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La nueva ordenanza reguladora cubrirá todas las actividades y reducirá los procedimientos administrativos

La nueva ordenanza reguladora cubrirá todas las actividades y reducirá los procedimientos administrativos

    El Teniente Alcalde de Empresa y Empleo, Luis Ángel Mateo, ha presentado esta mañana la nueva ordenanza reguladora de actividades económicas para la ciudad ya que hasta el momento no existía ningún tipo de ordenanza que regulara las licencias de actividad, apertura o cualquier ejercicio en una ciudad con un núcleo de población como Elche. Mateo ha apuntado “que existen distintas legislaciones a nivel nacional y autonómica que ordenan los ejercicios de actividades económicas y hemos entendido que el Ayuntamiento también normalice estas cuestiones dotando a todas las actividades de una regulación específica y asentando la seguridad jurídica a todos los prestadores de servicios además de fomentar y promover la simplificación de los procedimientos”.

    Esta nueva ordenanza que se llevará al pleno del próximo lunes se incluyen todas las actividades que estaban exentas de licencias de actividad como comunidades religiosas, almacenes particulares, despachos profesionales domésticos, kioscos en dominio público, etc. Además, Luis Ángel Mateo ha especificado “que se introduce de la figura de la comunicación previa para determinadas actividades en las que se considera adecuado efectuar un control inmediato de carácter no preventivo”. También se regula el cambio de la actividad así como la transmisión de los títulos que no necesitarán más trámite que la presentación de una comunicación previa ante el ayuntamiento.

    El Teniente Alcalde ha destacado también la regulación en terrazas donde se incluye la ordenación de aquellas instalaciones que se encuentran relacionadas con el ejercicio de actividades en establecimientos públicos, como son las terrazas anexas a los mismos y las barras instaladas con motivos de alguna festividad, con el propósito de dar una respuesta más ágil a los solicitantes de estas instalaciones a través de la simplificación y mejor ordenación de los trámites necesario. Se establecen cuatro períodos de funcionamiento: anual (1 de enero al 31 de diciembre), estacional (1 de abril al 30 de septiembre), estival (1 de junio al 30 de septiembre) y ocasional (máximo 20 días). Dichos períodos se renovarán automáticamente salvo renuncia expresa del solicitante, no permitiéndose modificaciones hasta la renovación de los mismos.

    Se adapta el horario de las terrazas a la orden que anualmente dicta Conselleria competente en la materia de espectáculos públicos: horario de invierno (1 de octubre a 14 de junio): 8:00 a 01:30 h. Horario de verano (15 de junio a 30 de septiembre): 8:00 a 02:30 h.

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