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Educación convoca elecciones a consejos escolares

  • 1780 centros participarán en el proceso electivo del próximo mes de noviembre

La conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha convocado para el próximo 28 de noviembre las elecciones a los consejos escolares de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana, es decir tanto públicos como concertados.

En concreto, 1780 centros docentes de Infantil, Primaria, Secundaria, Educación Especial, y Enseñanzas de Régimen Especial como Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios de Música y Escuela de Arte Dramático y Danza, están llamados a participar en estas elecciones en las que se elegirá a los representantes de los consejos escolares, que constituyen el mayor órgano colegiado de participación y gobierno de los centros educativos.

En el proceso participan los centros cuyos consejos se constituyen por primera vez, así como los que deben renovarse parcialmente, y los que tienen vacantes todos los puestos de alguno de sus sectores. De estos centros, 899 pertenecen a la provincia de Valencia, 656 están ubicados en Alicante y 225 en Castellón.

Las elecciones a consejos escolares se celebran cada dos años en todos los centros, aunque de manera escalonada, puesto que los años pares se procede a elegir consejos en 249 centros y los impares en cerca de 1.800. Asimismo, la renovación de los miembros del Consejo se realiza por mitades, procediéndose a elegir cada dos años al 50% de los integrantes del Consejo.

El proceso electivo afecta a profesorado, padres y madres, alumnado, personal de administración y servicios y personal de atención educativa complementaria, dado que todos ellos forman parte del Consejo Escolar.

Respecto a la propaganda electoral, las personas que dirigen los centros permitirán a los candidatos y candidatas que puedan dar a conocer sus propuestas electorales. A este respecto, se facilitarán en especial locales para reuniones a los miembros de las candidaturas de los sectores de padres y madres y de alumnado. Los miembros de las asociaciones u organizaciones de padres y madres y de alumnos y alumnas podrán acceder a los centros para exponer los programas de sus respectivas organizaciones. Estas actividades se llevarán a cabo en el horario que determine la dirección del centro, sin que pueda alterarse el desarrollo normal de las actividades académicas.

Por otro lado, el calendario de elecciones a consejos escolares indica que el director o directora del centro es quien elabora los censos electorales y organiza el sorteo de componentes, titulares y suplentes, de la junta electoral, que aprobará los censos electorales.

Para la constitución de la junta electoral existe de plazo hasta el 18 de octubre. Este órgano es el encargado de fijar el plazo de admisión de candidaturas de los distintos sectores.

La publicación de la lista provisional de candidatos se realizará hasta el 18 de noviembre y el plazo para posibles reclamaciones a la lista provisional de candidatos será hasta el 19 de noviembre. Por su parte, el plazo para resolver estas reclamaciones está previsto que finalice el 20 de noviembre. La proclamación de los candidatos electos se llevará a cabo hasta el 10 de diciembre y la sesión constitutiva del nuevo o del renovado consejo escolar, hasta el 19 de diciembre.

La composición de un consejo escolar de un centro estará compuesto por un presidente o presidenta, que será el director o directora del centro, un jefe o jefa de estudios, elegido por el claustro de profesores, de ocho a un representante de docentes en función del número de unidades del centro, y de nueve a dos representantes de madres y padres, de los que uno es designado por las asociaciones de madres y padres del alumnado (AMPA).

Asimismo, forman parte de seis a un representante del alumnado, teniendo en cuenta que en el ciclo de Primaria sólo participan escolares a partir de nueve a diez años (5º de Primaria), un representante del personal de administración y servicios, el secretario o secretaria del centro, que actúa como secretario o secretaria, con voz, pero sin voto, y una persona en representación del Ayuntamiento. Por último, en los centros de Educación Especial también forma parte un representante del personal de apoyo educativo complementario.

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