elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

CSI•F gana tres sentencias que obligan a cubrir las plazas de policía local hasta que el titular acabe la formación

  • El Ayuntamiento de Cullera cesó a los interinos y dejó sus plazas sin ocupar hasta que los aspirantes aprobados se incorporaran

El sindicato CSI·F ha ganado tres sentencias, la última hace escasas semanas, que obligan al Ayuntamiento de Cullera a indemnizar a policías locales interinos. El consistorio los despidió tras convocar oposiciones y acceder el titular a la plaza a pesar de que, en la práctica, no la cubría porque previamente tiene que realizar varios meses de formación en el Ivaspe. Este tipo de despido de interinos resulta habitual en diferentes municipios, por lo que las sentencias pueden servir de base para recursos de otros agentes afectados.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) explica que la última resolución judicial considera fundamento de derecho que “el demandante obtuvo nombramiento de Policía Local del Ayuntamiento de Cullera y venía ejerciendo dichas funciones en tanto no se cubriera la plaza”. Después, “la administración demandada inició un proceso selectivo para la cobertura de vacantes, entre ellas la plaza ocupa por la demandante”.

En la misma sentencia el titular del juzgado explica que, después del proceso selectivo, que no superó el afectado, “el Ayuntamiento procedió a cesar al demandante en su puesto y a nombrar interinamente en el mismo a uno de los aprobados, a los efectos de que lo desempeñara a la espera de la superación del curso del Instituto Valenciano de Seguridad Públicas (Ivaspe) y toma de posesión de la plaza”.

Ante esta tesitura el demandante, por medio del sindicato CSI·F, impugnó el cese ya que “la vacante continuaba existiendo y no había sido cubierta por un titular”. El juez, en la sentencia, admite que “el cese del demandante no se ha debido ni a la cobertura de la plaza ni a la desaparición de las circunstancias que motivaron el nombramiento. El cese se ha debido, por el contrario, exclusivamente a la voluntad del Consistorio de colocar en dicho puesto a los aprobados provisionales” a la espera de que superaran el curso correspondiente en el Ivaspe.

Por tanto, el tribunal condena al Ayuntamiento a abonar a los cesados “las diferencias retributivas” correspondientes al periodo que transcurre entre que fue cesado y que se incorporó el titular a la plaza después de realizar su curso de formación.

Subir