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El Alcalde presenta una nueva modificación del reglamento de honores y distinciones del Ayuntamiento

    El Alcalde, César Augusto Asencio, ha presentado una moción a la Comisión de Gobernación y Régimen Interior para que se apruebe en el pleno ordinario de final de mes. La moción trata sobre la modificación del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento. Un reglamento que, según el Alcalde, presenta algunas lagunas a pesar de las variaciones realizadas recientemente, debido  a que ha habido muchas modificaciones desde 1964.

    Desde la elaboración del reglamento inicial aprobado en 1964 el texto ha sufrido diversas modificaciones: en 1.977, en 2.006, la recientemente aprobada que acaba de ser publicada el pasado 9 de marzo en el Boletín Oficial de la Provincia y la que se va a poner en marcha ahora.

    En la última redacción se aprobó la creación de un Libro - Registro de honores y distinciones que no existía en el Ayuntamiento, para registrar todos los honores y distinciones otorgados por el consistorio y que se pudieran consultar. Pero ese Libro - Registro que entraría en vigor ahora para anotar nombramientos sucesivos suponía borrar de nuestra historia a aquellas personas que han sido galardonadas con anterioridad. Pues bien, el Alcalde ha señalado que “este reglamento se va a modificar incluyendo la anotación retroactiva de todos los nombramientos anteriores de Hijo Adoptivo, Hijo Predilecto, Medallas de la Villa, Miembros Especiales de la Corporación y Menciones Especiales al Mérito Civil”.

    En el Libro - Registro se anotarán todos los nombramientos pasados que cumplan los requisitos recogidos en el actual reglamento. Así los únicos nombramientos del pasado que no tendrán acceso a este libro – registro serán los políticos.

    Por otro lado, ha explicado Asencio, el Gobierno Municipal considera conveniente nombrar a título póstumo a personas que merecen dicha distinción, es decir, introducir la figura de honor o distinción a título póstumo.

    También se ha suprimido la referencia expresa a que el título de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo se extingue con el fallecimiento del titular. Los títulos son vitalicios pero de existencia indefinida, aunque fallezcan los titulares. No obstante, se mantiene la propuesta de que no pueden coexistir en vida más de 5 hijos predilectos ni más de 5 hijos adoptivos de la villa. Se trata de un título vitalicio.

    Para la concesión de Medallas de la Villa y Miembros Honorarios de la Corporación no existía límite de concesión. Ahora se establece conceder un tope de 2 títulos de cada clase cada 5 años. Si en un periodo de 5 años no se otorgan los dos títulos mencionados, estos no se acumularán, sino que se abrirá un nuevo periodo de 5 años para otorgar 2 títulos.

    Nombramientos recientes de hijos predilectos como Abel Zaplana Belén y José Candela Fernández podrán aparecer así en el Libro - Registro que publica los nombramientos y pasarán a formar parte de la sección de hijos predilectos. Ambos compartirán nombramiento con el célebre violinista Telmo Vela, al que se le otorgó el título de hijo predilecto durante la Segunda República.

    Este Libro – Registro contendrá 5 secciones: la de hijos predilectos, la de hijos adoptivos, la de aquellos a los que se le haya concedido la Medalla de la Villa, la de miembros honoríficos de la Corporación Municipal y la de los galardonados con una Mención Especial al Mérito Civil.

    El Alcalde ha indicado que se va a dar “una delegación a la Junta Local de Gobierno para que en un plazo máximo de 3 meses apruebe un texto refundido, donde se articulen todas las normas de las distintas modificaciones del reglamento que tendrán una ordenación sistemática en un solo cuerpo de artículos y disposiciones para crear un texto único, para así tener una información directa y saber cuál es la normativa vigente después de tantas modificaciones”.

    César Augusto Asencio ha destacado que “con esta propuesta damos una solución definitiva a la ordenación de todos los aspectos del Reglamento de Honores y Distinciones con la introducción de una amplia seguridad jurídica, y una publicitación de los títulos concedidos mediante el Libro – Registro, ya que todos los títulos que se hayan concedido o concedan van a quedar reflejados cada uno en su sección, pudiendo ser consultados, en lugar de como hasta ahora, pues está resultando difícil localizar los antecedentes de los títulos concedidos”.

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