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El Ayuntamiento firmará un convenio con el IVVSA para desarrollar vivienda protegida en el sector A

    Según el Alcalde, el estado de desarrollo del Planteamiento vigente en el municipio de Crevillent proporciona el marco legal y urbanístico necesario para acometer un conjunto de operaciones encaminadas a canalizar adecuadamente la expansión urbana del municipio y con 4 objetivos principales: ofertar viviendas de protección pública a un precio tasado, ejecutar el desvío de la Ronda Sur, y calificar suelo para un segundo Centro de Salud, cumpliendo con tres de los compromisos electorales más importantes del Partido Popular, además del cuarto; relanzar la economía local frente a la actual crisis económica.

    El objetivo del presente Convenio es el establecimiento de las bases de cooperación entre el Instituto Valenciano de Vivienda, S.A. y el Ayuntamiento de Crevillent para la realización concertada de una serie de actuaciones encaminadas a la adecuada planificación urbanística, su posterior gestión y ejecución en un ámbito de suelo clasificado como Urbanizable por el Plan General de Ordenación Urbana vigente así como en la Revisión del Plan General, aprobada provisionalmente el 31 de octubre de 2007 .

     Los datos del Sector, según la Revisión del Plan General son: Sector A, Ronda Sur : 196.280 m2, con una edificabilidad del 0,95% y 1.433 viviendas.

    El número mínimo de viviendas protegidas según la legislación vigente deben ser 430, esto es el 30% del total, aunque al final se podrán edificar más, ya que las cuotas de urbanización se pagarán preferentemente en terrenos por los propietarios, que el IVVSA destinará a viviendas protegidas.

    Como Red Primaria adscrita al sector se han establecido los siguientes terrenos:

    • - - Zonas verdes: 23.545 m2
    • - - Red Viaria: 44.134 m2, que es el desvío de la Ronda Sur.
    • - - Equipamiento: 34.887 m2 , parte de esta superficie se destinará para un 2º Centro de Salud, según las previsiones del Gobierno Municipal.

    El desvío de la Ronda Sur adscrito al sector, cuya ejecución corresponde a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte será parcialmente sufragada en un 20% a cargo del Ayuntamiento con un coste de 800.000 €, según convenio con el Ayuntamiento. El importe de 800.000 € será satisfecho por el IVVSA al Ayuntamiento de Crevillent a la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación, para pagar su 20% del desvío de la Ronda Sur. A cambio el Ayuntamiento cederá al IVVSA su 10% de cesión gratuita para la construcción de viviendas de protección pública.

    La finalidad del presente Convenio es que desde el sector público se oferten parcelas urbanizadas a precio tasado, destinadas prioritariamente a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública en el sector citado.

     El Instituto Valenciano de Vivienda, S.A. financiará los conceptos encuadrables en las cargas de urbanización previstas, en cuanto ostentará la condición de urbanizador legal de los terrenos, y las repercutirá en la propiedad de los solares resultantes, excepto el porcentaje que asume el IVVSA como agente urbanizador relativo al coste de la ejecución de la Red Viaria Ronda Sur.

    La retribución del I.V.V.S.A. por su labor urbanizadora se deberá materializar preferentemente en terrenos. Estos terrenos obtenidos como retribución serán destinados a la construcción de viviendas protegidas.

     El Ayuntamiento de Crevillent se compromete a prestar la colaboración oportuna para el pleno cumplimiento del Convenio. El Ayuntamiento se compromete a acordar, de forma simultánea a la adopción del acuerdo aprobatorio del contenido del presente Convenio, la suspensión preventiva de licencias y de acuerdos de programación en la totalidad del ámbito de la actuación, con el fin de facilitar el estudio y elaboración de los diferentes instrumentos de ordenación urbanística.

    La ordenación urbanística del ámbito será concertada entre las partes suscribientes.

    El planeamiento establecerá una única Unidad de Ejecución.

     La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda promoverá por gestión directa autonómica, a través del Instituto Valenciano de Vivienda S.A., el programa para el desarrollo de la Unidad de Ejecución, acompañado de los pertinentes documentos de ordenación urbanística, proyecto de urbanización y proyecto de reparcelación.

    La financiación de las actuaciones que sean requeridas para llevar a efecto las previsiones del presente Convenio será asumida íntegramente por el Instituto Valenciano de Vivienda S.A.

     Las actuaciones contempladas en el presente Convenio se sujetarán a los siguientes plazos:

    • - - Formalización del Avance de Planeamiento: en el plazo de 3 meses desde la suscripción del presente Convenio.
    • - - Formalización del Programa con los documentos de planeamiento y gestión que proceda: en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la aprobación del Avance por las partes suscribientes.
    • - - Los plazos para el resto de actuaciones que deban desarrollarse se concretarán en el propio programa de actuación.

     El presente Convenio tendrá un plazo de vigencia de 3 años pudiendo ser prorrogado anualmente si para la ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo se necesitara un plazo superior.

     

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