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El Tribunal Superior de Justicia condena al Ayuntamiento a pagar 6.000 € a vecina por no atender sus denuncias

    El Tribunal Superior de Justicia ha condenado al Ayuntamiento de Castellón a abonar un total de 6.000 euros a una mujer que denunció molestias de sus vecinos en más de 30 ocasiones, sin que el Ayuntamiento emprendiese ninguna acción para "remediar" o "determinar" el alcance de dichas quejas.

    La sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha revocado una sentencia dictada por el juzgado contencioso-administrativo número 1 de Castellón que desestimaba la reclamación de la mujer.

    La mujer presentó en el año 2005, ante el Ayuntamiento de Castellón, una reclamación de responsabilidad patrimonial por inactividad de la administración frente a las "reiteradísimas denuncias" interpuestas por ella desde el año 1997 a causa de las molestias producidas por ciertos vecinos que tenían animales de compañía.

    El Ayuntamiento de Castellón no contestó a la reclamación, por lo que la mujer interpuso un recurso contencioso contra la "desestimación presunta" de la reclamación que fue desestimado en primera instancia y que ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha estimado parcialmente.

    Según el estudio psicológico recogido en la sentencia del TSJ, la mujer sufrió amenazas y agresiones físicas directas como zarandeos e intentos de que cayera de la bicicleta, así como violencia contra sus propiedades, ya que los vecinos lanzaron supuestamente objetos a sus ventanas, dispararon perdigones a las persianas, y sellaron con silicona una puerta que también fue quemada.

    Estos hechos, así como el sometimiento a insultos, humillaciones y molestias como la de aguantar música elevada a altas horas de la noche debajo de su ventana, le provocaron problemas psicológicos por el "acoso grupal" al que se vio sometida de forma reiterada.

    El tribunal no considera probados los hechos del informe psicológico, pero apunta que las denuncias presentadas ante la administración local tendrían que haber sido investigadas porque "ponían de manifiesto una patente necesidad de asistencia local".

    La sala entiende que "esa inactividad es imputable a la administración, dado que se ha producido un anormal funcionamiento de los servicios públicos municipales de asistencia social", si bien dice que los daños psíquicos derivados de la "hipotética violencia grupal" serían imputables a los vecinos que supuestamente los cometieron.

    El tribunal ha valorado en 6.000 euros los daños sufridos por la denunciante y ha condenado al Ayuntamiento de Castellón a abonar esa cantidad, así como a pagar las costas del juicio en primera instancia, pero no en el grado de apelación.

    Además, el tribunal ha acordado deducir testimonio de los documentos que integran la responsabilidad en vía administrativa para remitirlos al fiscal, al igual que la sentencia, por si los hechos pudieran ser constitutivos de infracción penal.

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