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El equipo de gobierno insta al GMS a retirar una pancarta que cuelga del balcón de su despacho ya que la normativa municipal prohíbe la exhibición de carteles en la fachada del Ayuntamiento

  • La orden ha sido trasladada esta mañana a los socialistas para su inmediato cumplimiento

El portavoz del grupo municipal del PP, Miguel Ángel Mulet, ha anunciado hoy que, ante la confusión que se pueda suscitar por parte del grupo municipal del PSOE que compara motivos magdaleneros con pancartas reivindicativas y políticas, el equipo de gobierno ha instado al grupo municipal socialista a retirar una pancarta que cuelga del balcón de su despacho ya que la normativa municipal prohíbe la exhibición de carteles en la fachada del Ayuntamiento. Mulet ha concretado que esta orden, basada en diversas leyes y normativas, ha sido trasladada esta mañana a los socialistas para su inmediato cumplimiento.

En el escrito, se les explica a los socialistas que deben retirar el cartel de la fachada ya que el edificio municipal se halla calificado por la normativa reguladora de los Bienes de las Corporaciones Locales como bien de dominio público, de servicio público, cuyo fin es albergar las oficinas administrativas y de órganos de Gobierno Municipal; que el edificio municipal está dentro de la categoría de ‘Monumento’ cuya resolución fue publicada en el DOGV de 5 de octubre de 2007 y BOE de 24 de enero de 2008; que, conforme el artículo 38-1 de la Ley 4/1998 de 1 de junio del Patrimonio Cultural Valenciano, cualquier actuación en monumentos debe ir encaminada a la preservación de los intereses patrimoniales y que sólo la Conselleria de Cultura puede autorizar la instalación de rótulos indicadores de la actividad a la que se destinan, quedando prohibida la colocación de rótulos, carteles publicitarios y elementos impropios en las fachadas y cubiertas de monumentos; en sentido similar establece dicha prohibición el artículo 5.b) de la ordenanza municipal reguladora de la instalación de carteles visibles desde la vía pública.

Mulet también ha añadido que los artículos 10 y 12 de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana hacen referencia a las prohibiciones de colocación de carteles en bienes municipales, por lo que la pancarta ubicada por el PSOE contraviene esta normativa, teniendo en cuenta la capacidad que la Ley atribuye al Ayuntamiento para la defensa de sus bienes conforme al artículo 44 en relación al artículo 4.a) del Decreto 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y el artículo 225.1.d) de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, que permite las operaciones necesarias para devolver las edificaciones al estado anterior a la vulneración.

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