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CCD implantará el Reglamento de Participación Ciudadana

    El CCD de Calpe se compromete que si llegan a la alcaldía de Calpe, aprobará el reglamento de participación ciudadana del municipio. Este Reglamento de Participación Ciudadana regula el derecho de información, audiencia pública, el derecho de iniciativa popular y ciudadana, la propuesta ciudadana, así como el derecho a la consulta ciudadana, el de petición y el de participación de los vecinos y entidades ciudadanas en los órganos del ayuntamiento.

    Ha añadido que el reglamento recoge los cauces por los que los ciudadanos podrán acceder a la información municipal y participar en las decisiones de la vida política.

    Facilita además el derecho de participación de los vecinos en el diseño de las políticas públicas, la creación de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones para la defensa de los derechos de los vecinos.

    Esta nueva normativa municipal también regula los organismos de participación y marca las directrices de funcionamiento del Registro de Entidades Ciudadanas, así como las ayudas, subvenciones, convenios de colaboración y uso de locales y otros equipamientos municipales.

    Genaro Corbató ha mostrado su preocupación "porque hoy los grupos políticos han demostrado su irresponsabilidad para lograr consensuar un reglamento, que permitirá a los ciudadanos participar de forma más directa, durante toda la legislatura y en todas las áreas municipales".

    Entre los aspectos destacados de este reglamento se encuentra que con la firma acreditada de al menos el diez por ciento de los vecinos con derecho a sufragio activo en las elecciones municipales se podrá presentar una iniciativa popular, en los términos previstos por la Ley de Bases de Régimen Local y el hecho de que la propuesta podrá llevar incorporada una propuesta de consulta popular.

    También regula las iniciativas ciudadanas y la participación de los vecinos y sus asociaciones en los órganos de gestión de los distritos, que son órganos de gestión desconcentrada e instrumentos esenciales para el impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora.

    Además, establece que terminado el Pleno el alcalde puede establecer un turno de ruegos y preguntas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal establecidos en el orden del día.

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