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Los Tribunales dan la razón a los propietarios del hotel Aloha y le reconocen la obtención de la licencia de obras para legalizar el cerramiento de la terraza

Los Tribunales dan la razón a los propietarios del hotel Aloha y le reconocen la obtención de la licencia de obras para legalizar el cerramiento de la terraza
    El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Castellón da la razón a Grupo Comercial Ferrada, S.L. por lo que anula el acuerdo por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de la Junta de Gobierno local de 14 de enero de 2008 por el que se les denegaba la licencia para la legalización de las obras consistentes en un cerramiento de terraza del Hotel Aloha. También reconoce el fallo el reconocimiento expreso a Grupo Comercial Ferrada que ha obtenido por silencio administrativo positivo la licencia de obras para la legalización de las obras de cerramiento.

    Cabe recordar que este asunto fue uno de los que sustanciaron la querella por prevaricación presentada por el Partido Socialista de Burriana contra el exalcalde, Alfonso Ferrada, cuyo sobreseimiento provisional fue ratificado por la Audiencia Provincial de Castellón en noviembre de 2009.

    Tanto la denegación de licencia como la desestimación del recurso de reposición adoptado por la Junta de Gobierno se fundamentó en el informe emitido por el Arquitecto Municipal que establecía que la obra o instalación realizada en la parte adyacente a la edificación preexistente no se halla conforme al planeamiento vigente por comportar obra nueva e implicar aumento de edificabilidad ya consumida totalmente en la parcela, y que, por otro lado, actualmente la instalación ejecutada entre dicha línea de pilares y el retiro de la avenida de la Mediterrànea no tiene amparo en la normativa vigente.

    El recurso interpuesto por la mercantil discrepaba abiertamente de las afirmaciones contenidas en el informe técnico por lo que presentaron un informe pericial realizado por el Arquitecto Juan Colom Amposta que señalaba que la edificabilidad asignada a la parcela es de 2.439,66 m², y como el cómputo de la edificación existente en el hotel son 2.181,04 m² tendríamos que esta edificación se ajusta a la legalidad urbanística, quedando además, un total de edificabilidad por consumir de 258,62 m².

    Según la sentencia dictada por el juez, a la vista del resultado que arroja la prueba practicada, cabe concluir que en el presente caso no ha quedado acreditado que la licencia controvertida suponga una infracción significativa de determinaciones urbanísticas sustantivas por lo que consecuentemente debe operar el silencio administrativo positivo.

    “En primer lugar, añade la sentencia, debe indicarse que las conclusiones a las que llega el Arquitecto Municipal en su informe, asumidas en los acuerdos recurridos, quedarían desvirtuadas por las conclusiones alcanzadas por el perito de parte. Más aún, habida cuenta el resultado de los interrogatorios practicados, adquiriendo relevancia en este punto que el Arquitecto Municipal no ratificó las mediciones asumidas en sus informes”.

    A mayor abundamiento, concluye, resultaría por otra parte evidente, que por las propias características de la obra controvertida, del modo que ya venían descritas en el inicial informe del Arquitecto Técnico Municipal del 16 de septiembre de 2005, así como en el acuerdo de incoación del expediente, se trataría sin duda de una construcción susceptible de ser autorizada conforme a la Norma Urbanística 5.61 del PGOU de Burriana, que dispone que por Ordenanza municipal se regularán las condiciones de instalación en vía pública de toldos fijos y acristalamientos cubiertos de vía pública o espacios libres de parcela.

    En este sentido el Juez asume lo alegado por la parte recurrente cuando informa de que la referida Ordenanza no existe, pese a lo cual el Ayuntamiento viene permitiendo la ejecución de cerramientos acristalados en numerosas terrazas de locales y restaurantes de Burriana, sin que se les haya incoado nunca procedimiento alguno por ello.

    Cabe recordar que, paralelamente, la Junta de Gobierno celebrada el 13 de octubre del año pasado acordó declarar cometida la infracción urbanística y sancionar con 13.356 euros a la firma propietaria del hotel Aloha, Grupo Comercial Ferrada, por las obras declaradas en su momento ilegalizables del cerramiento de aluminio que se utiliza como comedor adicional, por importe de 13.356 euros.

    La sentencia puede ser recurrida por el Ayuntamiento, aunque todo dependerá de la opinión que emitan al respecto los asesores jurídicos del consistorio.

    comentarios 7 comentarios
    currante
    currante
    17/07/2010 02:07
    en el paro

    hay muchas terrazas ilegales en este pueblo.las hay de 3 metros y las hay de 40 metros cuando se supone que solo se puede ocupar la fachada del local alquilado y no toda la manzana como hace algun que otro pirata.pero enfin esto es Burriana Bonica .para los 4 de siempre.y ademas con trabajadores iliegales viva españa.

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