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Los damnificados de Burriana por las lluvias de 2009 ya pueden recibir sus indemnizaciones

Los damnificados de Burriana por las lluvias de 2009 ya pueden recibir sus indemnizaciones
  • El ayuntamiento de Burriana es el primero en recibir la transferencia del Estado de 99.977 euros

  • Las exenciones del IBI se ingresarán con la entrega de un nuevo formulario

El concejal delegado del área de Hacienda en el ayuntamiento de Burriana, Juan Fuster, ha anunciado que desde el propio lunes pueden solicitar, los damnificados por las inundaciones de septiembre de 2009 que tienen aprobada la documentación, el ingreso correspondiente al pago del IBI. Es la medida que el Estado aprobó en el artículo 7 de la ley 3 de 2010, por el que los afectados por inundaciones por lluvia podían beneficiarse de la exención del pago del IBI. Así lo detallaba Juan Fuster: “En septiembre de 2009 fueron las inundaciones en el término municipal de Burriana que afectaron alrededor de 1.500 ciudadanos  de los que 288 han visto aprobada la solicitud y podrán beneficiarse de las exenciones del IBI. Tanto nosotros como diversas localidades colindantes pudieron beneficiarse de la ley 3/ 2010 en particular del artículo siete, que contemplaba que los afectados por inundaciones por lluvias puedan beneficiarse de exenciones en el IBI”.

Era el primer edil, José Ramón Calpe quien indicaba que “ya en el primer pleno tras las inundaciones, en octubre, pidió el equipo de gobierno que se estableciera este sistema legal para ayudar a los damnificados. Tardó un poco el gobierno en aprobar el decreto, dado que el consistorio sigue cobrando el IBI, pero con la entrada de ésta nueva ley finalmente los afectados que tienen la documentación aprobada podrán tener ya su ayuda”.

Sin embargo el concejal de hacienda señalaba que Burriana ha sido la primera de las localidades afectadas, en recibir la transferencia del estado, motivo por el que ha felicitado a los técnicos municipales de tributos, por la rápida labor de recogida de toda la documentación de los afectados así como las gestiones.

Así Fuster ha detallado que quienes hayan recibido la notificación que les aprueba la exención del pago del IBI deberán dar el número de cuenta para que se les haga el ingreso. “Para que el ayuntamiento abone a los afectados la cantidad correspondiente éstos deberán pasar por las inmediaciones del ayuntamiento o bien en información o en la primera planta de la Cámara Agraria y recoger una solicitud de devolución para que pongan en número de cuenta bancario así como su número de expediente que figura en el documento que se envió a los damnificados con la solicitud aprobada en una notificación que se envió desde el ayuntamiento”.

Finalmente, José Ramón Calpe, recordaba que todavía los afectados que en su momento no presentaron la documentación pueden seguir haciéndolo ahora dado que la tramitación no está extinguida. Calpe detallaba que estos damnificados tendrán que aportar material gráfico así como documental, que atestigüe que son viviendas que tuvieron que desalojarse o necesitaron un realojamiento temporal. “Estos son los requisitos que legalmente se exigía para tener derecho a ésta bonificación fiscal”.

comentarios 5 comentarios
mismo
mismo
28/08/2011 06:08
salvadores de que???????

si estos dos nos tienen que salvar , arreglats anem vete ya a casa calpe que eres igual que zp

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