Respaldo unánime a la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de los ‘porrat’ de fiestas
El contenido de esta Ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial, en su modalidad de venta no sedentaria, ‘porrat’, en el término municipal, con utilización del dominio público municipal, y con ocasión de la celebración de festejos populares que lleven a cabo vendedores que formen parte de un determinado colectivo, o se atengan al aspecto sectorial referido a un evento. La aprobación de esta ordenanza se ajusta al procedimiento regulado en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La Ordenanza recoge que el supuesto de venta, a partir de ahora regulado bajo la denominación ‘porrat’, será el que tenga lugar coincidiendo con la celebración de Fallas, Hogueras, Fiestas de la Virgen del Carmen, Moros y Cristianos, Fira 9 d’Octubre, Fiestas Mayores Patronales, Fira de Nadal, Mercado Medieval y Mercat de Nadal.