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Prueba extraordinaria para conseguir el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

    La Concejalía de Educación informa que, por orden de 19 de noviembre de 2009 de la Conselleria de Educación, se ha convocado la Prueba extraordinaria para conseguir el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) por los alumnos y alumnas que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa. Quien supere la prueba obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

    Para poder participar en la prueba, las personas interesadas deberán, con carácter general, haber finalizado la Educación Secundaria Obligatoria y no haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria; disponer de un máximo de cinco materias pendientes de calificación positiva en la etapa y haber cumplido, como mínimo, 18 años de edad en el año natural en que finalizó su permanencia en dicha etapa (2009). Con carácter singular, excepcionalmente, el requisito de edad establecido anteriormente, podrá ser rebajado a los 16 años de edad para el alumnado que tenga un contrato laboral que no le permita acudir a los centros docentes en régimen ordinario, o bien sea deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

    Conviene tener presente que toda persona que cumpla los requisitos anteriores solo podrá presentarse a la prueba durante los dos años siguientes al que concluyó su permanencia en la etapa de educación secundaria obligatoria. Es decir, para la prueba convocada para el presente año sólo pueden presentarse los interesados que concluyeron sus estudios en los años 2008 y 2009.

    Respecto al contenido, la prueba extraordinaria constará de tantos ejercicios como materias pendientes de calificación positiva sean objeto de evaluación. El alumno/a realizará los ejercicios correspondientes a las materias pendientes de superación de la educación secundaria obligatoria o, en su caso, de las materias no superadas en la prueba del año anterior.

    En relación con el lugar de realización de la prueba, ésta se realizará durante los últimos cinco días lectivos del mes de abril (26,27,28,29 y 30 de abril de 2009) en el mismo centro en el que los alumnos y alumnas estuvieron matriculados al finalizar la etapa, o en su caso, en el centro determinado por la dirección territorial competente en materia de educación para el alumnado inscrito en la prueba conforme al artículo 4.3 de esta orden.

    El plazo para la presentación de solicitudes está comprendido entre el 15 y el 28 de febrero, ambos inclusive. Excepcionalmente, el alumnado que haya cambiado de residencia o localidad podrá solicitar ante la dirección territorial competente en materia de educación la realización de la prueba extraordinaria en el centro público más próximo a su domicilio antes del 30 de enero.

    La oficina para presentar preferentemente las solicitudes es la secretaría del centro docente en el que hayan finalizado la etapa, o bien a través de cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Para más información las personas interesadas deberán ponerse en contacto con las secretarías de los centros docentes que impartan Educación Secundaria Obligatoria. Por cuestión de plazos es muy importante de los ciudadanos/as que han cambiado recientemente de residencia realicen las gestión antes del 31 de enero de 2010.

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