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El Ayuntamiento de Alzira aprueba en el próximo pleno las ordenanzas fiscales de 2010

  • Se mantiene el incremento del 0% para todos los impuestos que afectan directamente a las familias alzireñas

  • La novedad es que se extiende el calendario de cobro y permite el pago en dos del IBI Urbana para los que tengan el recibo domiciliado

El Ayuntamiento de Alzira aprobará en el próximo pleno las ordenanzas fiscales para 2010.

La concejala de Hacienda, Gisela Blasco, ha destacado: “Desde el Ayuntamiento de Alzira seguimos trabajando por y para la ciudadanía, de ahí estas medidas de austeridad que ya emprendimos el pasado año y que este año continuamos para estar al lado de las familias alzireñas. En esta situación, en la que las familias españolas están atravesando un momento económico delicado, la línea del Consistorio alzireño es y va a ser apoyar y estar al lado de los 27.000 contribuyentes de nuestra localidad”.

Blasco ha añadido: “En definitiva, lo importante es que, el ciudadano no va a ver en los tributos municipales una carga más a la situación complicada que todos compartimos. Sirva también como dato simbólico, aunque no puedo hacer pública todavía la cantidad porque la estamos acordando, que los políticos nos reduciremos sueldos, el personal de confianza mantendrá congelados los salarios como hasta el momento… Es hora de apretarse el cinturón y es hora de hacer una política de austeridad pero en ningún caso ha de afectar al gran proyecto de ciudad que nos marcamos desde el equipo de gobierno”.

Impuestos

Todas aquellas figuras impositivas que afectan directamente a las familias alzireñas y sectores en crisis no sufrirán ningún incremento. En concreto, los impuestos directos que son IBI rústica, IBI urbana y plusvalía se incrementan un 0%. Únicamente se aplica la subida del IPC al impuesto de actividades económicas que pagan aquellas empresas cuya Cifra Neta de Negocio es superior al millón de euros.

Por otra parte, y haciendo un gran esfuerzo, también se propone que la revisión catastral, realizada en el año 2004 y que supone un incremento de los valores catastrales del 10% anual, continúa sólo con la subida del 5% para 27.000 contribuyentes alzireños. Es decir, para las familias de Alzira el catastro tan solo se incrementa un 5%, en vez del 10% que estableció la gerencia catastral (Ministerio de Hacienda). De los 27.240 contribuyentes que hay en Alzira, tan solo experimentarán el incremento de un 10% de la revisión catastral los grandes propietarios de inmuebles.

En el capítulo de impuestos indirectos, el impuesto de construcciones, instalaciones y obras también tendrá un incremento cero, atendiendo a la crisis del sector de la construcción.

En cuanto a las tasas y precios públicos no experimentarán ningún incremento: licencia de aperturas, cédulas de habitabilidad, licencias de primera ocupación, ocupación de vías públicas con vallas, andamios, ocupación de vía pública con mesas y sillas, y ocupación de vía pública con el mercado de los miércoles.

Tampoco sufrirán ningún incremento aquellas tasas y servicios públicos que responden a servicios públicos no generalizados y de carácter más personal: vados, matrimonios civiles, grúa, instalaciones deportivas, basura de actividades económicas, etc. Respecto a los precios públicos por publicidad son los únicos que sufrirán un incremento.

Calendario de cobro

Otra de las medidas que se va a llevar a cabo es la de extender el calendario de cobro y permitir el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles en dos plazos a los recibos domiciliados. Todo para conseguir o al menos hacer más liviana la situación a muchos ciudadanos, dotándoles de algo de liquidez y evitando que se vean sometidos a una situación económica desesperada, y al mismo tiempo se fomentarán las domiciliaciones.

Se impone, pues, la necesidad y la urgencia de establecer un nuevo calendario de cobro de los tributos municipales, así como el fraccionamiento en dos plazos del Impuesto de Bienes Inmuebles Urbanos, a todos aquellos que lo mantengan domiciliado al inicio del período de cobro.

En consecuencia, el calendario fiscal quedaría de la siguiente manera:

• Impuesto de Vehículos y Tasa de Vados- del 1 de febrero al 1 de abril
• IBI Urbana- del 3 de mayo al 5 de julio
• IBI Rústica, IAE y Basura Económica- del 8 de octubre al 9 de diciembre

Los recibos de IBI Urbana que se encuentren domiciliados 15 días antes de la apertura del período de cobro (3 de mayo), se abonarán en dos fracciones, del 50 % del importe del recibo cada una de ellas, que serán adeudadas en las cuentas respectivas con fecha 30 de junio y 30 de octubre. En caso de no atenderse el pago de la primera fracción, se anularía la domiciliación para la segunda, pasando el recibo a recaudación ejecutiva por la totalidad de la deuda.

Las fechas de cargo de los recibos domiciliados serán las siguientes:

• Impuesto de Vehículos y Tasa de Vados- 31 de marzo
• IBI Urbana- 50 % el 30 de junio y 50 % el 30 de octubre
• IBI Rústica, IAE y Basura Económica- 7 de diciembre


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