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El Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana da la razón al Ayuntamiento respecto a no indemnizar a la familia Sos

    Según el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, en dictamen del 30 de abril y comunicado el 5 de mayo, la familia Sos no tiene derecho a indemnización por la decisión del Ayuntamiento de Alzira de no reclasificar su finca en el Plan General.

    Este órgano consultivo de carácter jurídico avala la tesis en que se basaban los técnicos municipales y la decisión de los órganos de gobierno para llegar a la conclusión de que no procede estimar la reclamación de responsabilidad patrimonial de unos 4 millones de euros que había planteado la familia Sos. El Consell Juridic considera que es la decisión de Conselleria la que motiva que no se incluya el PAI y que, en todo caso, los daños reclamados no son reales ni efectivos y, por lo tanto, los considera improcedentes.

    Esta resolución es muy importante porque refuerza la postura municipal en todos los sentidos y es, una más, en la serie de decisiones que han ido desestimando las pretensiones de la familia Sos. Hay que tener en cuenta que este proyecto fue remitido a aprobación autonómica por el Ayuntamiento de Alzira y solo fue rechazado por cuestiones medioambientales alegadas por la Conselleria de Medio Ambiente, por lo que, en modo alguno, podían ser exigidas responsabilidades al municipio de Alzira.

    Con este nuevo aval a la decisión municipal y a los criterios puramente técnicos en los que se apoya, es de esperar que la familia Sos pueda reconsiderar su actual postura frente al municipio de Alzira y reiniciar las buenas relaciones que siempre han existido entre ambos.

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