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Tras la difusión de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, la Policía Local comenzará a implantar las correspondientes sanciones, de manera progresiva

    Después de una intensa campaña de difusión tanto en Ràdio Altea, como en la web municipal y medios locales y provinciales, para informar a la población de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, el Ayuntamiento va a proceder ahora a iniciar una segunda fase disuasoria, a través de sanciones, que no tendrán afán recaudatorio, sino coercitivo sobre aquellos que no respetan el espacio de todos.

    De este modo, desde la Concejalía de Seguridad Ciudadana, se ha elaborado una programación para hacer cumplir, de manera progresiva, las normas recogidas en la Ordenanza, incidiendo especialmente en las cuestiones más demandadas por los vecinos, como por ejemplo, la presencia de excrementos de perros y aquellos que ensucian en la calle.

    Con esta Ordenanza se pretende una utilización racional de los espacios públicos municipales, garantizando el disfrute de todos los ciudadanos de las vías y espacios públicos, sin que las actividades de algunos supongan un perjuicio grave a la tranquilidad y a la paz ciudadana de otros, que ven afectados los derechos al descanso, a la salud y a la libre circulación por dichos espacios. Todos ellos derechos protegidos por la Constitución y que la Administración tiene el deber de velar por su respeto.

    Tal y como ha explicado el concejal de Seguridad Ciudadana, Jaime Sellés, el objetivo esencial radica en “proteger y garantizar la convivencia, la seguridad y la salud pública, sobre todo de los menores” y ha añadido que “su finalidad no es recaudatoria, sino que se trata de que, entre todos, aprendamos unas normas básicas de convivencia, porque la calle es un punto de encuentro común para todos los vecinos y debemos regular su uso para garantizar su pleno disfrute”.

    En este sentido, Sellés ha remarcado que, como prueba de que dicho texto carece de afán recaudatorio, se ha incluido, de manera pionera en este tipo de normativas, la potestad del Ayuntamiento para sustituir multas por trabajos en beneficio de la comunidad. De hecho, el Ayuntamiento podrá sustituir la sanción de multa por sesiones formativas, participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos para la comunidad, de conformidad con lo que reglamentariamente se determine. Asimismo, para los menores de edad comprendida entre 16 y 18 años, estas acciones serán siempre tomando en consideración la opinión de los padres o tutores.

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