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Almassora activa el nuevo calendario del contribuyente con la apertura del plazo para abonar las tasas de vados y basuras

  • El consistorio adelanta el cobro de tasas para distribuir los pagos a lo largo del ejercicio y evitar el pago acumulado durante un periodo concreto

El Ayuntamiento de Almassora activará mañana viernes el calendario del contribuyente presentado el pasado mes de febrero por parte del equipo de gobierno y diseñado con la intención de facilitar el pago de impuestos a los vecinos “distribuyéndolos a lo largo del ejercicio y evitando la acumulación de los pagos en un periodo concreto del año”, tal y como ha indicado Juan Cantavella, regidor de Hacienda. Con esta meta, mañana arranca un proyecto que en la práctica adelanta algunos tributos, como es el caso de los vados y las basuras, y que nace con el espíritu de mejorar las condiciones de las obligaciones tributarias de nuestros vecinos.

Desde hoy y hasta el próximo 20 de mayo se ha establecido un periodo de pago voluntario de ambas tasas que, en el caso de estar domiciliado el cargo está previsto que se cobre el próximo 5 de abril. El calendario diseñado por el consistorio también contempla un cambio en el abono del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que podrá abonarse en periodo voluntario entre el 5 de abril y el 21 de junio, mientras que para aquellos vecinos que tengan el pago domiciliado está previsto que éste se cobre el 5 de mayo.

Con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Ayuntamiento de Almassora remitirá los recibos a los domicilios de los contribuyentes y, en caso de que éstos no fueran recibidos por los residentes, “el vecino podrá solicitarlos en la oficina del SIAC en su horario de atención al público”, ha recordado Cantavella.

La medida, que fue programada en el último trimestre del pasado ejercicio, comporta en la práctica la distribución de tasas e impuestos, así como el fraccionamiento de uno de ellos, el del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (IBIU). En este último caso, se contempla la bonificación del tributo en caso de que esté domiciliado, “de modo que no sólo se cobrará el cargo en dos fases: un 60%, que se cobrará en julio, y un 40%, que está previsto se cobre en octubre, sino que además en este último cobro se abonará una bonificación del 1 por ciento”.

Otros tributos
El calendario del contribuyente municipal fija asimismo los plazos para abonar el impuesto correspondiente a las actividades económicas (IAE), que establece un pago de periodo voluntario desde el 6 de septiembre hasta el 20 de noviembre y un plazo previsto de cobro para el 5 de octubre, en el caso de que el tributo esté domiciliado por el banco.

Por último, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBIU e IBIR) contempla un periodo voluntario de pago desde el 5 de julio hasta el 20 de noviembre. Un plazo desahogado que para domiciliaciones del impuesto en su categoría rústica está prevista para el 5 de octubre. Por lo que respecta al IBI urbano, si el contribuyente decide domiciliarlo “tendrá la opción de acceder a una serie de ventajas”, tal y como ha señalado Cantavella. Así, el impuesto que sea inferior a 100 euros prevé cobrarse el 5 de octubre. Si por contra es igual o superior a 100 euros, se fracciona en dos plazos. “El primero se cobrará el 20 de julio y corresponderá al 60% del tributo, mientras que el segundo, correspondiente al 40%, se cobrará el 20 de octubre”.

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