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Almassora permitirá el pago aplazado y fraccionado de tributos de 200 a 6.001 euros sin aval bancario

Almassora permitirá el pago aplazado y fraccionado de tributos de 200 a 6.001 euros sin aval bancario
  • El objetivo es facilitar a los contribuyentes el abono de los impuestos atendiendo al complejo escenario económico actual

Los vecinos de Almassora que hayan de abonar tributos cuyo importe sea de entre 200 y 6.001 euros podrán solicitar al ayuntamiento el pago aplazado o fraccionado del tributo sin necesidad de presentar un aval bancario. La medida, que será de aplicación una vez se apruebe definitivamente la modificación de la ordenanza que ayer avaló la corporación por unanimidad, comporta la modificación de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros Ingresos de Derecho Público Locales.

Hasta el momento, los vecinos que solicitaban el fraccionamiento o aplazamiento de un tributo que superaba los 1.000 euros debían presentar necesariamente un aval bancario para poder beneficiarse de esta alternativa de pago. “Con el acuerdo adoptado ayer, se facilita tanto el fraccionamiento como el aplazamiento sin necesidad de depositar esta garantía, siempre que el importe sobre el que se solicita esta fórmula no supere los 6.001 euros”, ha señalado el titular de la cartera de Hacienda, Enrique Brisach.

Los 21 concejales de la corporación aprobaron ayer por unanimidad la modificación del artículo 73 de la ordenanza municipal atendiendo a las dificultades económicas de muchas familias para poder llegar a fin de mes Así, y una vez entre en vigor la modificación, los criterios generales de concesión de aplazamiento serán aplicables solo a deudas de 200 euros o superior cuantía. En el caso de las deudas cuya cuantía se sitúe entre los 200 y los 3.000 euros, podrán aplazarse por un periodo máximo de seis meses.

En el caso de que el importe a abonar se sitúe entre los 3.001 euros y 12.000 euros, el abono puede ser aplazado o fraccionado hasta un año, mientras que si excede de los 12.001 euros, los plazos concedidos pueden extenderse hasta los 18 meses.

Las garantías de depósito, o avales, para un aplazamiento o fraccionamiento solo serán exigibles en el caso de que el adeudo sea superior a los 6.001 euros. Un aval que deberá cubrir el importe del principal y de los intereses de demora que genere el aplazamiento/fraccionamiento, más un 25 por ciento de la suma de ambas partidas.

La operación ratificada ayer por consenso de todos los grupos “va a facilitar el pago de tributos que, como el Impuesto de Bienes Inmuebles, se están cobrando en estos momentos”. Así las cosas, “la intención es que los vecinos puedan este mismo año acceder a estas mejoras, ya que el periodo de pago voluntario arrancó el pasado 5 de julio y se prolonga hasta el próximo 21 de noviembre. “Periodo en el que ya esperamos contar con esta modificación en vigor”, ha considerado Brisach.

Vigente a final de septiembre
La operación aprobada ayer por unanimidad plenaria se ha remitido esta misma mañana por vía de urgencia al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. El texto se someterá a información pública por un periodo de 30 días hábiles durante el cual se podrán presentar alegaciones. En el caso de que no se presenten enmiendas al texto, el Ayuntamiento remitiría el texto completo de la ordenanza, incorporando ya la modificación al BOP y esta entraría en vigor el día siguiente al de la publicación de la normativa.

“Esperamos que durante la segunda quincena del mes de septiembre, salvo que se presentaran alegaciones y estas obligaran a trasladar la aprobación del texto al pleno de la corporación, pueda entrar en vigor la ordenanza incorporando ya la modificación del texto”, ha indicado Brisach.

Un objetivo que, en caso de alcanzarse, permitiría que los vecinos que deben abonar el IBI urbano o rústico, o el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que se abona entre el 5 de septiembre y el 21 de noviembre, pudieran acceder a esta alternativa de pago.

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