elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Un juez exime al Ayuntamiento de indemnizar a un hombre que se cayó en una calle en obras

  • “La desgraciada caída se debió a la falta de atención del recurrente al deambular ante un riesgo socialmente admitido”, afirma la sentencia

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Alicante han destacado la relevancia para los intereses públicos de una sentencia que exime al Consistorio de indemnizar a un hombre que sufrió una caída en una calle en obras. La relevancia del fallo, dictado el pasado 26 de febrero por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante, no lo es tanto por la cuantía del dinero que se ahorra el Ayuntamiento (24.336 euros más intereses y costas judiciales), sino, sobre todo, porque la sentencia recoge que en la vía pública hay “riesgos socialmente admitidos que deben ser tolerados por los administrados”.

En concreto, ese riesgo socialmente admitido era un tramo sin pavimentar debido a unas obras en las intersecciones de la avenida de Salamanca y la avenida de la Estación de Alicante. En realidad, dice el juez, se trataba de un pequeño bordillo que marca el fin de la acera y desemboca en un paso de peatones. “En todo caso, el recurrente debe prestar atención cuando camina y detectar que entre la finalización de la acera y el comienzo del paso de peatones existente en la calzada existe un pequeño bordillo que, en ocasiones, puede ser de dimensiones mayores”. “Se trata de un elemento que forma parte del paisaje urbano que en modo alguno puede ser calificado de elemento de riesgo, sino que se trata de un riesgo socialmente admitido que debe ser tolerado por los administrados y que, la causación de un posible daño como consecuencia de ese elemento de riesgo no puede ser atribuido a la Administración”, añade la sentencia.

Así las cosas, el fallo concluye que “el elemento de riesgo que pudo intervenir en la caída del recurrente no puede dar lugar a la existencia de responsabilidad frente a la Administración. Todo ello conlleva que no concurre el necesario nexo de causalidad entre el daño sufrido y el funcionamiento del servicio público, debiéndose la desgraciada caída sufrida por el recurrente a su falta de atención a la hora de deambular”.

Subir