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El Ayuntamiento recurre la sentencia de la descarga de graneles

El Ayuntamiento recurre la sentencia de la descarga de graneles

    El Ayuntamiento de Alicante ha recurrido –de momento- la primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Alicante sobre la descarga de graneles, en base a los dos informes técnicos que avalan la actuación del Consistorio y a la consideración errónea de la resolución judicial de que el Ayuntamiento no tiene competencia para decidir si la actividad de manejo de graneles tiene encaje en el grupo A del Anexo del RD 100/2011, que delimita la documentación a exigir.

    A este respecto, el Ayuntamiento considera "que ello no puede ser interpretado como establece la sentencia, puesto que para poder tramitar, bien una solicitud de declaración responsable o bien una solicitud de licencia ambiental, cuya competencia radica únicamente en el Ayuntamiento, éste ha de establecer en qué grupo se encuadra la actividad solicitada".

    El acto administrativo que se recurre y que es objeto del recurso, lo que hace es requerir a la mercantil actora que solicite licencia ambiental por tratarse de una actividad que, como viene indicado en dos informes municipales, requiere de tramitación mediante una licencia ambiental.

    A este respecto, el recurso incide en que la mercantil demandante "no dispone de la citada autorización sectorial ya que la única autorización que aporta es de titularidad de la Autoridad Portuaria de Alicante, que no realiza actividad alguna de las mencionadas, por lo que el Ayuntamiento estima que es la mercantil que realmente lleva a cabo el ejercicio de dichas actividades la que debe disponer de la autorización, y ni dispone ni tiene la autorización sectorial".

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